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Bogotá, D. C.,
Honorables Senadores
COMISION DE ACUSACION
CAMARA DE REPRESENTANTES
CONGRESO NACIONAL
E S D
REFERENCIA: DENUNCIA PENAL: CONTRA LOS MAGISTRADOS DE LA SALA DE CASACION LABORAL DE LA HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - LA QUE HAGO EXTENSIVA A LAS SALAS DE CASACION CIVIL Y PENAL - POR INCURRIR A SABIENDAS, A MI JUICIO,
I.- .- EN FALSEDAD Y PREVARICATO POR ACCION Y POR OMISION, AL DECLARARSE EN ABIERTA REBELION EN ESPECIAL CONTRA LOS ARTICULOS 13, 23, 29, 44 Y 86 MISMO DE LA CONSTITUCION POLITICA; ASI COMO,
II.- POR SUBVERSION DEL ORDEN JUDIRICO CONTITUCIONAL VIGENTE AL ENTRAR EN FRANCA REBELION Y EN INCONCEBIBLE SUBLEVACION CONTRA LA MISMA JURISPRUDENCIA DE LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL, EN ESPECIAL DE LA SENTENCIA SU-813, EN EL TRAMITE ESPECIFICO DE LA PRIMERA INSTANCIA Y EN LA IMPUGNACION No.25339 PRESENTADA POR EL SUSCRITO ACTOR – DENUNCIANTE, DENTRO DE LA ACCION TUTELA No. 1123 DE LA SALA DE CASACION CIVIL CONTRA LA SALA DE CASACION PENAL. Y,
III.- EN UN GRAN FRAUDE PROCESAL, FALSEDAD, CONCIERTO PARA DELINQUIR Y ENCUBRIMIENTO TOTAL, CON EL FIN DE JUSTIFICAR INCONGRUENTEMENTE Y DE ALGUNA MANERA EL TRAMITE POR DEMAS IRREGULAR DADO A LAS DESATENDIDAS SOLICITUDES OPORTUNAMENTE PRESENTADAS DE COMPLETAR LAS INJUSTAS DECISIONES Y DE DECLARATORIA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, TANTO EN PRIMERA INSTANCIA COMO EN SEGUNDA INSTANCIA,
(A) CON PREDETERMINADO PROPOSITO, EVIDENTEMENTE, A MI JUICIO, DE MANTENER INCOLUMES LAS DESAFORADAS Y TOTALMENTE ARBITRARIAS DECISIONES Y, PRIMORDIALMENTE,
(B) EL DESATINADO DESAFUERO DE LA SALA DE CASACION PENAL, LA PARTE ACCIONADA EN LA MENCIONADA ACCION DE TUTELA N. 1123, AL NO REMITIR DE HECHO PARA SU TRAMITE EL EXPEDIENTE MISMO DE TUTELA No. 6709 QUE EN BALDE SE PIDIO DESARCHIVAR! – NI SIQUIERA LA DEMANDA MISMA! - LA QUE HABIA SIDO TEJIVERSADO ARBITRARIAMENTE DE MODO PROCAZ EN SU MOMENTO PARA NO TRAMITARLA Y PODERLA ASI ARCHIVAR ILEGALMENTE!!, TOMANDOLA COMO ‘OTRA’ DENUNCIA POR LOS MISMOS HECHOS!! – EN SU LUGAR Y DE MODO QUE CONSIDERO A MI JUICIO FRAUDULENTO, REMITIERON EXCLUSIVAMENTE LA MISMA SOLICITUD DE SU DESARCHIVO FORMULADA POR EL SUSCRITO!!
C) TODO ELLO HACE EVIDENTE QUE SOLO DE DIENTES PARA AFUERA LA SALA PENAL ACCIONADA ACEPTO DESARCHIVAR LA TUTELA 6709, PUES EXCLUSIVAMENTE SE REMITIERON A LA SALA DE CASACION CIVIL LAS INJUSTAS DECICIONES QUE DISTORCIONARON DICHA TUTELA TOMANDOLA COMO NUEVA DENUNCIA POR LOS MISMOS HECHOS Y LA QUE ORDENA SU ARCHIVO!! Y,
D) CON EL FIN DE ENERVAR MI INTERVENCION ORIENTADA A CORREGIR TAL DESPROPOSITO NI SIQUIERA SE ME COMUNICO Y MUCHO MENOS SE ME NOTIFICO LA TORCIDA DECISION DE LA SALA DE CASACION PENAL!
HONORABLES MIEMBROS DE LA COMISION DE INVESTIGACIONES Y ACUSACION:
YO SOY GERMAN GUSTAVO RODRIGUEZ VALENCIA, varón, mayor, de esta vecindad, identificado con la cédula de ciudadanía No.17’161.524 de Bogotá, con domicilio en el Barrio Cedritos, en la calle 145ª No. 12ª – 68, Apartamento 301, teléfono 2746933 y celular 318-266-4189,con todo respeto me permito formular la denuncia penal de la referencia contra los distinguidos magistrados integrantes de las salas de casación laboral, civil y penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia por haber incurrido en los presuntos delictuosos hechos que sumariamente se mencionan en la referencia y que a continuación con mayor detalle se describen,
HECHOS:
1.- Pretermitir y a sabiendas desconocer e, incluso, llegar a declararse en abierta rebelión la Sala Laboral contra el articulo 32 del Decreto 2591 de 1991 que le señala al juez constitucional de tutela de segunda instancia el procedimiento estricto al que debió sujetarse y, no lo hizo, en el tramite de la Impugnación No. 25339
2.- Acogerse única y exclusivamente al Articulo 22 del mismo Decreto 2591/91 que señala el procedimiento a que puede acogerse el juez constitucional de tutela de primera instancia, como se lo puede evidenciar con sus sorprendentes manifestaciones al folio 7º de la injusta decisión que deniega la mencionada Impugnación No. 25339 del suscrito denunciante, actor en la tutela.
3.- Desestimar igualmente la Sala Laboral el oportuno requerimiento formulado por el suscrito de adecuarse a los términos precisos del Artículo 32 del mencionado reglamento de la acción de tutela.
4.- Rechazar a si mismo, nuestra solicitud de COMPLETAR TAN INJUSTA DECISION para tener en cuenta elementos esenciales de la demanda de tutela
5.- Rechazar también la Sala Laboral la solicitud de DECLARATORIA DE NULIDAD de todo lo actuado en segunda instancia y, en su lugar, darle cabida a una del todo procaz, rebelde y, por ello, sorprendente
6.- Aclaración de Voto de uno de sus ilustres magistrados, en la que fija de nuevo la posición de la Sala de Casación Laboral, en materia de inamovilidad de decisiones injustas, RECHAZANDO DE PLANO Y A SABIENDAS LA POSICION DE LA MAYORIA!! Y, en la práctica y en los irregulares hechos que en este libelo de denuncia se describen, LA JURISPRUDENCIA MISMA DE LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL!!! Lo que deja bien a las claras el ánimus bellicus contra el orden jurídico constitucional vigente y la subversión por ende del Estado de Derecho!!
7.- Los demás hechos presuntamente delictuosos están reseñados no solo en el punto III y siguientes en la sumaria exposición que hago de los mismos en la extensa referencia de la presente denuncia, sino en los distintos memoriales presentados tanto ante la primera como en la segunda instancia y en las respectivas decisiones arbitrarias y abiertamente injustas, proferidas por los ímprobos falladores de primera y segunda instancia, en la de nuevo fallida acción tutela del suscrito contra la Sala de Casación Penal mencionada en la referencia.
PRESENTACION Y PETICION DE PRUEBAS:
1.- Cuaderno en 98 folios de todo lo actuado en Segunda Instancia por la Sala Laboral la Impugnación No. 25339 dentro de la acción de tutela N. 1123 de la Sala de Casación Civil contra la Sala Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia.
Manifiesto que no he puesto otra denuncia por los presentes hechos, respetuosamente,
GERMAN GUSTAVO RODRIGUEZ VALENCIA
C.C.:17’161.524 de Bogotá
Denunciante perjudicado
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