EL CONSEJO DE ESTADO DEBIÓ PRIORITARIAMENTE ANULAR LA DECISIÓN DEL PROCURADOR POR CONSTITUIR UNA VIA DE HECHO RODEADA DE CONSPIRACIÓN!
Doctora
linda Lopera
ESD
REF.: Solicitud de Reunión para analizar Omisión cardinal en la Decisión del Consejo de Estado.
Cordial saludo.
Comedidamente me permito solicitarle facilitar una reunión o entrevista - en la sala de prensa de la Alcaldía?- para presentar algunos criterios muy concretos de orden jurídico, apoyados en la propia experiencia personal como perjudicado por el mismo tipo de decisiones en mi condición de perjudicado en el literal robo del partido liberal por la coalición gobiernista de los 7 partidos y movimientos políticos que rodean a Santos; sólo para tenerlo como mascarón de proa con la plantilla de 'demócrata'
Resulta sintomático que en la decisión del Consejo de Estado se señale, que lo pertinente era adelantar una acción de nulidad ante la misma corporación y que no era procedente la tutela, en mi caso se manifieste todo lo contrario, en la denuncia penal que acaban de archivar, por que lo procedente era haber agotadohasta el último recurso en la Tutela...
En ambos casos se olvidan por conveniencia de la Vía de Hecho en que se ha incurrido por los accionados:
1.- el Procurador General con su destitución al Alcalde Petro y
2.- el CNE en aprobar sin requisitos de ley los nuevos estatutos y la constituyente del PLC
Lo que está de por medio, de parte de todos los operadores judiciales - sala plena del TSJ en primera instancia y del Consejo de Estado en segunda instancia - en la Tutela en favor de Petro es, conseguir que Petro solicite la Nulidad de la del acto administrativo que decide su destitución de la alcaldía, para que el superior del Procurador - el mismo Consejo de Estado - deje sin efectos jurídicos la decisión y así, SE DISUELVA LA POSIBILIDAD DE UNA DENUNCIA PENAL Y CONDENA POR PREVARICATO, CONSPIRACIÓN ETC,
Entre tanto el Sr. Fiscal General de la Nación calla como una ostra y no se pronuncia - estando en mora de proceder con la celeridad que le permite la FLAGRANCIA en que ha incurrido el Procurador al seguir llevando tercamente adelante y de modo soberbio una actuación espurea totalmente.
El Consejo de Estado OMITIÓ prioritariamente LA VIA DE HECHO que acusa el acto material groseramente arbitrario y producto de su mero capricho, de la injurídica destitución del Alcalde de Bogotá; al cual no puede asignársele la categoría de proba decisión judicial de ninguna manera.
Tal declaración debió realizar el Consejo de Estado en la Tutela en sus manos en segunda instancia por economía procesal y según la jurisprudencia sobre el papel de juez en la judicatura moderna
Lo que está prioritariamente para ellos de por medio es, nada más ni nada menos, que intentar por todos los medios, no tener que enjuiciar al Procurador ni sancionarlo cual cumple a su competencia igualmente administrativa y como superior de él y, mucho menos, tener que remitir la actuación a la Corte Suprema de Justicia de inmediato para que los juzgue por PREVARICATO
Espero que los asesores del Alcalde Petro en estas materia no se presten - ni siquiera al más mínimo juego político en tal sentido.
Por este mero hecho, el mismo Consejo de Estado ha incurrido ya él también en prevaricato pro omisión, encubrimiento del abuso de poder del Procurador, al continuar dándole fuerza jurídica con su ímprobo pronunciamiento a una decisión de tal naturaleza
Esto indica tan sólo que estamos en una real Tiranía, orquestada por todos los organismos de control.
Es de esperar ahora a que la misma Corte Constitucional ponga algo de sindéresis a tremendos adefesios que están atentando contra el Supremo Bien Común Público, el Orden Público Jurídico, Económico y Político, no sólo del distrito capital, sino de todo el país.
Es la expresión más refinada del Neoliberalismo de las diminutas élites oligárquicas de la Capital y del País, concentradas en Bogotá.
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