Se convoca al Constituyente Primario a aprobar esta CONSULTA POPULAR en bloque, POR EL RESCATE MORAL, ECONÓMICO Y POLÍTICO DE LA REPÚBLICA
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SE INVITA AL PUEBLO SOBERANO A EXPRESARSE Y A EXIGIR A TRAVÉS
DE SUS ORGANIZACIONES SOCIALES – TERRITORIALES: ASOCIACIONES DE
PADRES DE FAMILIA, DE LOS NÚCLEOS EDUCATIVOS DE BÁSICA
PRIMARIA, SECUNDARIA, TECNOCLÓGICA, MEDIOAMBIENTAL, EDUCACIÓN
DE ADULTOS Y DEMÁS MUNICIPALES, CÍVICAS, POPULARES,
GREMIALES, LABORALES, ECONÓMICAS SOLIDARIAS, COMUNITARIAS, DE
JUVENTUDES, DE MUJERES, DE COLEGIOS DE PROFESIONES Y OFICIOS Y DE
USARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES EN TODOS LOS
MUNICIPIOS DEL PAÍS A APROBAR ESTE
CONSULTA POPULAR
A: MANDATOS PARA LOGRAR LA RESTAURACIÓN ÉTICA Y
MORAL DE LA REPÚBLICA:
1. Ordenar la Revocatoria General de las Elecciones a Cuerpos
Colegiados: Congreso, Asambleas, Consejos y Juntas Administradoras
Locales.
2. Se ordena la Revocatoria de las Elecciones Presidenciales, de
Gobernadores, Alcaldes y Ediles
3. Derógase la Reelección Presidencial
4. Derógase la Vice-Presidencia de la República y en su
lugar créase la Institución del Primer Ministro para
que presida el Gobierno Nacional, el Consejo de Ministros y el
Ministerio de Gobierno o de la Política. Será elegido
por el Congreso de terna que presente el partido o movimiento
político que haya obtenido el mayor número de
Congresistas. Será el encargado de Concertar la Agenda
Legislativa con el nuevo Congreso y de adelantar la Política y
el Programa de Gobierno y la Política Exterior.
5. Se ordena la ANULACIÓN de la personería jurídica
de los partidos y movimientos políticos que tengan el cinco
(5%) por ciento de los representantes a corporaciones públicas
y edilicias vinculados a la para -política, a la corrupción,
al narcotráfico y al terrorismo, con las siguientes
consecuencias:
´-No otorgarles reposición de votos y exigir la
devolución de los dineros recibidos del Estado por tal
concepto
-Extinción del dominio de sus cuentas bancarias y demás
bienes patrimoniales
-Anular las votaciones irregulares que los favorezcan en las
respectivas elecciones.
-Los integrantes de esos movimiento no podrán ser postulados
en las próximas cinco (5) elecciones generales, ni podrán
ser nombrados en cargos públicos, ni realizar, ni ser
contratistas o subcontratistas del Estado ni en las privadas que
ejecuten dineros públicos o, presten servicios públicos.
-Sancionar con la muerte política hasta por 20 años a
los integrantes de los directorios que les hayan dado ó les
den avales en el futuro a los candidatos que resulten directa o
indirectamente vinculados a las actividades ilegales sancionadas con
el presente referéndum
B: MANDATOS PARA LOGRAR LA RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA
DE LA REPÚBLICA:
1. Ratificar la Constitución Política de Colombia de
1991 y derogar las reformas introducidas hasta el presente
Referéndum
2. Abolir la democracia representativa y adoptar la Democracia
Participativa de los conciudadanos (Indios; blancos, Negros,
Mestizos, Zambos y Mulatos) a través de sus Organizaciones
Sociales-Territoriales, cívicas populares, gremiales,
laborales, económicas solidarias, de juventudes rurales y
urbanas, de mujeres, comunitarias, de colegios de profesiones y
oficios, de población especial y discapacitada y de usuarios
de los Servicios Públicos esenciales en todo el país.
3. Se ordena Fusionar el Congreso en una sola Cámara. Serán
elegidos cuatro (4) miembros al mismo por cada SUBREGIÓN que
se ordena conformar con los municipios de las zonas departamentales
vecinas entre sí y limítrofes de tres o más
departamentos
4. El nuevo Congreso tendrá funciones como constituyente
delegatario por un período de dos años a partir de su
instalación un mes después de su elección.
5. Se ordena la elección popular directa de los
Plenipotenciarios del Congreso ante los Organismos Internacionales
económicos, sociales, políticos laborales, poli étnicos
y culturales latinoamericanos y tercermundistas, con vocación
integracionista en forma exclusivamente federal e intraregional para
sumir en conjunto los problemas de deuda interna y externa, de
intercambio comercial, de moneda y banca federal, de atraso
científico-tecnológico, del desarrollo de las
subregiones, de la industrialización, de la generación
de empleo en todos los sectores de la economía, de la creación
de las propias transnacionales de la economía solidaria. Su
designación recaerá en los dos (2) candidatos al
Congreso de cada Subregión que hayan obtenido la votación
popular más alta.
-Con las elecciones presidenciales se nombrarán el Fiscal
General de la Nación y el Defensor de los Derechos Humanos al
que se le adscribirán las funciones del Ministerio Público.
-Igualmente se elegirán por votación directa el
Contralor General y el Contador General de la Nación.
-Suprímanse el Defensor del Pueblo y la Procuraduría
General de la Nación
6. Se adopta la elección popular directa de todos los
miembros de la Rama Jurisdiccional del Poder Público de la
Nación: Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia,
Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura en forma
simultánea con las elecciones a corporaciones públicas.
6.1- Se ordena crear las Cortes Comunitarias Subregionales y
descentralizar en ellas las funciones de las Cortes Nacionales
6.2- Se ordena crear las Empresas Mixtas de Utilidad
Pública entre las Empresas Estatales, las Entidades
Públicas de todos los Entes Territoriales: Nación
Regiones y Subregiones y Actuales Distritos CON los Consorcios de
Organizaciones Sociales, Comunitarias y de Usuarios de los Servicios
Públicos esenciales: Alimentación, Salud, Educación,
Vivienda Comunitaria, Electrificación , Acueducto
7. Convócase a elecciones generales a Presidencia, a
Congreso, a Asambleas, Consejos y Juntas Administradoras Locales con
candidatos cualificados en una sola vuelta dentro de los próximos
cuatro (4) meses
8. Se ordena crear en la Regiones las Asambleas Regionales y
adscribir a estas las funciones de las departamentales que quedarán
suprimidas. ----Las integrarán seis (6) miembros
por Zona Interdepartamental o SUBREGIÓN. El Congreso
constituyente definirá cada Región en votación
por mayoría simple en una sola vuelta.
10. Créanse las SUBREGIONES con los municipios de las
zonas departamentales Internas y Fronterizas limítrofes,
vecinas y circunvecinas.
11. Crease la figura del ‘Prefecto’ ó
Alcalde Subregional y sus correspondientes Secretarías.
El nuevo Congreso con funciones constituyentes
reglamentará su composición
12. Se ordena crear los Concejos Económicos Subregionales
que asumirán las funciones de los municipales que quedarán
suprimidos. Su composición será la misma que hoy
tiene los Distritos Especiales existentes en el país.
13. Adóptase una nueva estrategia de Reforma Agraria:
13.1-la Nación asignará dos (2) millones de hectáreas
a cada Subregión Interna y/o Fronteriza para garantizar la
política de Seguridad Alimentaria, la producción
verde y limpia de renglones agrícolas esenciales en la
Alimentación y la Nutrición de la población.
13.2-Elimínese la política de Compra de Tierras a los
grandes propietarios rurales con subsidios del Estado Y Adóptese
en adelante la política del Contrato de Fiducia Civil
(Administración en confianza a 25 años) celebrado entre
las Empresas Mixtas de Utilidad Pública con los mismos
13.2 Por razones de Utilidad Pública y de Protección
del Medio Ambiente se declaran del Estado el 50% de los predios
actualmente dedicados a la Ganadería Extensiva. La
correspondiente indemnización podrá hacerse con
inversiones en ganadería a la media en Establos Modernos
organizados por las empresas mixtas de utilidad pública
prevista en este Referendum
13.3- Créanse las Corporaciones de Desarrollo Comunitario para
adelantar el Desarrollo de distintos Subsectores de la Economía
del Sector Primario
C: MANDATOS PARA LOGRAR LA PAZ SOCIAL Y POLÍTICA DE LA
REPÚBLICA:
1. Se ordena realizar el Acuerdo Humanitario y la Negociación
del Conflicto Interno a la luz del Derecho Internacional Humanitario
2. El nuevo Congreso nombrará una Comisión de
Congresistas que coordinará las negociaciones integrada por
tres (3) miembros de su seno
3. Se levantan las restricciones que el gobierno nacional le puso a
la Corte Penal Internacional para que pueda entrar de inmediato a
operar en el país.
4. Queda anulada toda norma y todo acto administrativo que
desjudicialice la toma violenta de tierras en zonas de conflicto
armado y/o legalice la prescripción de tierras de la Nación
en favor de particulares y en perjuicio de la población
víctima de la violencia
5. Anular el Tratado de Libre Comercio con los E. U. por ser
contrario al interés nacional y sólo beneficiar a unos
grandes empresarios nacionales y extranjeros
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